Hacer obras en casa es habitual, tanto si ha llegado la hora de reparar o mejorar nuestro hogar, como si acabamos de adquirirlo y necesitamos ajustarlo a nuestras necesidades.
El dolor de cabeza llega cuando todo debe retrasarse por la obtención de licencia o las esperas que marcan los trámites legales. Por no hablar de los costes relacionados con dichos trámites.
Por eso es importante discernir entre el tipo de obras que podemos hacer sin la necesidad de obtener esa licencia o autorización oficial. De esta forma, tendremos más libertad para modificar nuestra vivienda en el momento en el que lo precisemos.
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ToggleObras legales en casa y sin licencia
Las licencias de obra regulan las reformas en las viviendas de manera que éstas cumplan ciertas especificaciones técnicas. Y así es como se valora un estándar mínimo de calidad en edificaciones. Sobre todo, para garantizar la seguridad de los inmuebles.
No obstante, existen ciertos casos en los que no es necesario iniciar estos trámites. Por ejemplo, no hará falta una licencia cuando no se trate de obras mayores. Estas obras mayores son aquellas que afecten a la estructura de la vivienda, a su uso final, que modifiquen elementos comunes, volúmenes o superficie del inmueble.
Es decir, siempre que se trate de obras menores podremos llevarlas a cabo a nuestro criterio y siempre que lo veamos conveniente.
Obras menores en nuestra casa
Todas estas rehabilitaciones llamadas obras menores son las que realizaremos sin necesidad de licencia y se trata de las siguientes:
- Cambiar la textura de las paredes, alisarlas o pintarlas.
- Lijar el parqué o pulir el suelo.
- Cambiar el alicatado de los baños o las cocinas.
- Sustituir la instalación eléctrica o realizar algún cambio o mejora parcial en la misma.
- También es extensible a toda la fontanería o la instalación de agua.
- Todo lo que se consideraría una reforma seca, como la instalación de pladur o algún material similar.
- Cambiar el mobiliario, incluido el de cocina o baño.
- Cambiar las molduras de las paredes o techos.
Siempre que las reformas se ciñan a estos elementos, será perfectamente legal que las pongamos en marcha sin solicitar licencia, aunque eso no significa que no debamos comunicarlo. Y así, podemos transformar nuestra casa según nuestro propio criterio.
Consecuencias de hacer obras mayores sin licencia
Hacer esto es bastante arriesgado y quizás pensemos que demoler un tabique o un pilar para ganar espacio no tiene importancia. Pero esta temeridad podría tener diversas consecuencias.
Por un lado, si erramos en nuestra elección y eliminamos algún muro de carga o soporte esencial de la estructura, podríamos deteriorar la seguridad e integridad de la casa o edificio.
Y, por otro lado, nos estaríamos exponiendo a multas y sanciones por parte del ayuntamiento. El ruido, los vecinos o la colocación de un contenedor en la calle podrían alertar a policías y otros agentes municipales.
La cuantía de estas penalizaciones por reformas ilegales podría variar entre 600 y 6.000 €, según casos. Y también podrían incluir el derribo de las obras, con lo que no merece la pena asumir este riesgo.
¿Hay que comunicar las obras menores?
Lo cierto es que sí, que podemos llamarle también licencia o permiso o solo comunicación de las obras menores. Pero vamos a tener que informar al consistorio de nuestra intención y pagar unas tasas mínimas para realizarla, en algunos casos.
Las únicas modificaciones que no requerirían de comunicación incluirían básicamente pintar, pulir el suelo o lijar el parqué. Ante cualquier duda, lo mejor es que acudas directamente a tu ayuntamiento para asegurarte de que estás cumpliendo con el protocolo estipulado para cada caso.
Otro detalle que debes tener en cuenta, cuando hablamos de obras mayores, es que las tasas deben pagarse en el momento en el que se cursa la solicitud. Y este pago se realiza con independencia de que se te otorgue la licencia o no para realizarlas.
Los costes de este tipo de obras se regulan por el ICIO o el Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras. Este impuesto se calcula sobre el presupuesto presentado en el momento en el que curses la solicitud y equivaldría a un 3 % del mismo aproximadamente, más el IVA que corresponda.
En MBI Torrent podemos ayudarte a resolver estas y otras dudas relacionadas con tus propiedades. Por eso te animamos a pasarte por nuestras oficinas.