Vender un piso con inquilinos no es algo fuera de lo normal. De hecho está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos, con lo que puedes plantearlo sin miedo. Ahora bien, hay algunos puntos que debes conocer.
Además, debes saber que, si vendes con el contrato en vigor, tu inquilino podrá permanecer lo que reste de plazo. Porque este es uno de los supuestos en los que tendría prioridad.
Vamos a contarte más detalles para que valores tu situación. Así como las opciones a tu alcance.
Si vas a vender un piso que tienes en alquiler…
Llegados a este punto debes aceptar que tú como propietario tienes tus derechos sobre la propiedad. Pero también debes asumir que tu inquilino tiene los suyos. Así sabrás qué puedes y qué no puedes hacer con tu piso.
Uno de los principales está relacionado con su permanencia. Tal y como comentábamos al principio, un arrendado tuyo con un contrato en vigor puede terminarlo. Aunque el piso cambie de propietario.
Esto significa que el nuevo propietario debe ser arrendatario hasta que finalice dicho contrato. Y no podrá rescindirlo antes ni modificarlo ni tampoco echar al inquilino.
De hecho hay algo más que debes conocer. Existe un derecho que poseen los inquilinos y que se conoce como el derecho de tanteo. Significa que las personas que tú tienes alquiladas en tu propiedad tienen preferencia.
Es decir, que si desean comprar dicha propiedad podrían hacerlo, frente a cualquier otro interesado. Siempre que quieran pagar la misma cantidad por la que tú la vendes.
Lo que significa que tendrías que informarles de tus intenciones. Y, si están interesados, tienen la preferencia. Esto está estipulado por ley. Así que recuerda: ellos van primero.
Si vendes se lo tienes que decir cuanto antes
Para vender un piso con inquilinos debes hacerles partícipes de casi todo. Primero les debes ofrecer la vivienda por si se la quedan ellos. Pero si rechazan esta opción y la vendes a una tercera persona, se lo dices.
Recapitulando:
- Tus inquilinos tienen que saber que vas a vender la vivienda.
- Debes decirles cuál es el precio de salida.
- Si vendes, tienes que comunicarles en qué fecha se firma.
- Y también el resto de detalles y condiciones (si está libre de cargas, cuáles son los plazos estipulados, los gravámenes).
Nuestra recomendación es que todo esto lo envíes mediante un burofax. Piensa que son pautas recogidas por ley y esta es la forma más fácil de demostrar que la cumples. Sobre todo ante posibles problemas.
Normalmente, debes darles un plazo a tus arrendados para que puedan decidirse. De esta forma, una vez venza ese plazo ya eres libre de vender a quien quieras. ¿Lo normal? Con 30 días es suficiente.
Ahora bien, si las personas que se encuentran de alquiler en tu propiedad deciden comprarla, los plazos se renuevan. Sea su respuesta sí o no, una vez vencida la comunicación habrá un nuevo plazo de 180 días para vender.
Dentro de ese tiempo tendrás que llevar a término la firma de la venta.
¿Y si el contrato de alquiler no consta en el Registro de la Propiedad?
Esto no es lo normal, pero podría darse. Y es que cuando alquilas un inmueble debes registrarlo. Esta es una forma de legalizar ese alquiler e informar de que se esta llevando a cabo.
Pero, si este paso no se hubiera realizado, el inquilino pierde todas sus ventajas. De hecho, el contrato de alquiler se podría invalidar. En este caso sí que podría echar al dicho inquilino el nuevo dueño del inmueble. Cuidado.
También existe otra opción recogida en el artículo 1571 del Código Civil. Dentro de la Ley de Arrendamientos Urbanos en el que se recoge la posibilidad de que el nuevo dueño de por finalizado el contrato de alquiler.
Pero, para evitar esta posibilidad, además de registrar el contrato con el inquilino, debería recogerse en una cláusula. Un apartado específico que recoja esta posibilidad y sus derivaciones.
Hay que llegar a un acuerdo entre las partes
Ya sea una venta entre propietario e inquilino o propietario, inquilino y terceros, hay que llegar a acuerdos. El futuro comprador también debe conocer la situación exacta de la vivienda.
Por otro lado, si tienes que enseñar la casa, tu inquilino también debe poner un poco de su parte. Porque es su hogar el que se va a abrir al público, con sus pertenencias ¡su intimidad! Así que debe haber diálogo interno.
Al final es verdad que alquilar una vivienda es interesante y rentable. Pero si por circunstancias te urge vender, es mejor que te informes bien de todo el proceso para no cometer errores.
En MBI Torrent conocemos todos los supuestos de la compra venta de inmuebles. Por lo que estaremos encantados de ayudarte cuando lo necesites. ¿Quieres vender bien? Llámanos.