Si has heredado una casa o propiedad ¡enhorabuena! Ahora bien, si no contabas con ese inmueble vacío o quieres evitar preocupaciones ¿por qué no venderlo cuanto antes?
Una vez tomas la decisión de no querer mantener tu piso procedente de herencia ¡véndelo! No hay ningún problema. Pero antes, no olvides todos los pasos que debes seguir para evitar problemas posteriores.
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Toggle¿Eres el único heredero o compartes la casa con otras personas?
Este sería el paso más complicado, porque si no eres el único heredero, necesitas consenso. Debes hablar con el resto de implicados y exponer tus intenciones de venta.
Si la herencia es a partes iguales, también lo serán los gastos derivados e ingresos. Trata de encontrar una vía amistosa de acuerdo. Y una vez esté decidido, si vendéis el inmueble os libraréis de la carga de mantenerlo.
Lo mejor es que busquéis un tercero, como una inmobiliaria de confianza en quien delegar el proceso. Así evitaréis muchos conflictos, como que uno haga más gestiones que el resto.
Ya sabes que el trabajo en grupo no era fácil ni en el colegio.
Primeros pasos a seguir al aceptar una herencia
Una vez aceptas la herencia o aceptáis, empiezan los desembolsos. Por eso antes de vender o de tomar cualquier decisión, es mejor que pidas un aplazamiento. En concreto para el impuesto de sucesiones y donaciones.
Ya sabes que tienes 6 meses para pagarlo desde la firma de aceptación. Sin embargo, la venta podría retrasarse. Por eso nuestra recomendación es que acudas al Registro de la Delegación de la Agencia Tributaria más cercano.
Allí también te informarán por si en tu caso pudieras estar exento de este pago. Así conseguirás otros 6 meses más antes de abonarlo. Con suerte venderás el piso antes de que cumplan estos plazos. ¡Ánimo!
Después está la plusvalía, que deberás liquidarla en el ayuntamiento de la localidad donde esté el inmueble. Es un porcentaje del total de la tasación del inmueble y que podrá variar de unos lugares a otros.
Además, se aplica en relación al incremento en el valor de la vivienda. Desde la compra hasta el momento actual en el que la heredas. Puedes preguntar previamente en el teléfono que cada consistorio ofrece para informar.
La escritura de aceptación de la herencia
Este es un paso que muchas veces no se produce por falta de información. Pero, cuando aceptas la herencia de una propiedad, debes registrar esa escritura. Es decir, acudir al Registro dentro de las dos semanas siguientes.
Si no realizas este paso no podrás vender. Porque no será posible escriturar la vivienda a nombre de terceros. Así que no lo olvides.
Cuando hay varios heredero todo se complica. Y, como decíamos antes, es necesario que alguien se haga cargo de todo. Quizás por designación o quizás por reparto de tareas. Pero cuidado que nadie se salte la suya.
Además, existen dos casos en los que se puede obligar a un heredero a vender. Solo si surgen problemas y no llegáis a un acuerdo. Una de ellas es que uno de dichos herederos no se pronuncie. Es decir, no firme su aceptación.
El otro supuesto es que surjan problemas a la hora de repartir la herencia. Porque a veces no queda del todo claro el porcentaje de participación o da lugar a diferentes interpretaciones. Dado el caso, suele llevarse por vía judicial.
Los costes tras haber heredado una casa y tras venderla
Al contrario de lo que sucede con el dinero en efectivo, la herencia de un inmueble conlleva gastos. Desde el primer momento. Por eso venderla es una buena solución.
Para Hacienda, esa vivienda supone un incremento en tu patrimonio. Por lo que deberás declarar su venta dentro del mismo año en que esta se realice. O, lo que es lo mismo, en tu siguiente declaración.
Si ingresas con la gestión un capital de entre 6000 y 50000 €, tributarás el 21 % a través del IRPF. Y para cantidades mayores sería un 23 %. Así que es interesante tener esto en cuenta cuando dispongas del efectivo ¡resérvalo!
En resumen
Cuando aceptas una casa heredada puedes venderla. Pero antes recuerda:
- Acepta y firma la herencia.
- Inscribe la herencia en el Registro de la Propiedad.
- Solicita el aplazamiento del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
- Paga la plusvalía en el ayuntamiento.
- Pon la vivienda a la venta.
Todos estos pasos podrían estar solucionados en un periodo inferior a un mes. Pero hay algo más que deberás gestionar antes de vender el inmueble. Y es la certificación energética.
Sin duda, contar con una inmobiliaria de confianza te facilitaría mucho las cosas. Piensa que ya podríamos tener clientes buscando este tipo de viviendas. Además de gestionar para ti todos los pasos a seguir para vender.
También podemos orientarte en el precio de salida o facilitarte la documentación necesaria. Primero un contrato de Arras que proteja a ambas partes y después el de compra venta.
En MBI estamos para ayudarte y proteger tus intereses. Verás que todo será más fácil y podrás despreocuparte. Además, nuestro banco de clientes y colaboradores estará a tu disposición. ¿Quieres vender? Cuenta con nosotros.
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