Es importante conocer los pasos para recibir una propiedad heredada en Torrent, ya que cometer errores en estos casos puede conllevar sorpresas desagradables.
Por eso, si vas a recibir un inmueble, es mejor que leas este artículo con detalle y sepas cuáles son los trámites legales y fiscales que va a requerir este proceso.
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ToggleLo primero es reunir la documentación necesaria
El primero de los pasos para recibir una propiedad heredada en Torrent es conseguir la documentación que te van a pedir allá donde vayas. Vamos a revisar cuáles son.
El certificado de defunción
Necesitas el documento oficial que confirme el fallecimiento de la persona que te va a legar la propiedad. Es el primer paso en todo este periplo y esencial para poder hacer cualquier otra cosa.
Para conseguirlo lo puedes solicitar en el Registro Civil de Torrent o del lugar donde ocurrió el fallecimiento.
También puedes solicitarlo online, a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, pero solo si tienes todos los datos y el certificado digital.
El certificado de Actos de Última Voluntad
Este certificado acredita si la persona que ha fallecido tenía testamento y, si lo tenía, ante qué notario lo preparó. Así, el certificado de Actos de Última Voluntad determina si la sucesión es con testamento o sin él.
Puedes solicitarlo en el Registro General de Actos de Última Voluntad, que depende del Ministerio de Justicia. Y tendrás que esperar al menos 15 días hábiles desde el fallecimiento para pedirla. Pero se puede pedir en persona, por correo o de forma telemática.
El Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento
Este certificado es importante porque nos informa de si el fallecido tenía contratado algún seguro de vida o accidentes con cobertura de fallecimiento. Y, en caso afirmativo, podría haber beneficiarios designados. Esto podría ser relevante para la herencia.
El Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento también se pide en el Registro con el mismo nombre. Depende del Ministerio de Justicia y se gestiona de forma similar al de últimas voluntades.
Después hay que determinar los herederos
Una vez has conseguido los tres certificados anteriores llega el momento de designar a los herederos. Aquí hay dos opciones, que exista testamento (esto lo hace mucho más sencillo) o que no lo haya.
- Con testamento. Hay que obtener una copia autorizada del testamento en el notario que lo tramitó para conocer a los herederos designados u otras personas con interés legítimo. Así, los que reciben los bienes serán las personas designadas por el difunto, pero respetando los derechos legitimarios (hijos y descendientes).
- Sin testamento. Hay que determinar legalmente y ante notario quiénes son los herederos según el orden de sucesión que establece la ley; primero los descendientes y luego los ascendientes, el cónyuge, los hermanos y sobrinos. Y habrá que aportar documentación que acredite el parentesco.
En este último caso, el notario que se encargará de todo será el más cercano al domicilio del fallecido.
Toca el turno del inventario y la valoración de los bienes
El siguiente paso es elaborar un listado detallado de todos los bienes, derechos y deudas que componían el patrimonio del difunto. En este listado hay que incluir:
- Bienes inmuebles, como la propiedad de Torrent y otras viviendas, locales, terrenos, etc. Todos ellos con su referencia catastral y datos registrales.
- Bienes muebles, como el dinero en las cuentas bancarias, las joyas, los vehículos, las obras de arte, etc.
- Los derechos que poseyera, tales como acciones, participaciones en sociedades y otros derechos de cobro.
- Sus deudas, ya sea de préstamos hipotecarios, préstamos personales, deudas con la administración, etc.
Después de eso, a cada bien y derecho se le asigna un valor real de mercado en el momento en el que el anterior propietario murió. Y para eso se debe consultar el valor de referencia catastral o incluso solicitar una tasación profesional en caso necesario.
También se puede considerar el valor que, a efectos fiscales, la Generalitat Valenciana pueda tener establecido.
El momento decisivo: aceptas o rechazas la herencia
Cuando ya conoces el contenido de la herencia, tanto activo como pasivo, puedes decidir si la aceptas o si renuncias a ella. Y vamos a considerar tres posibilidades:
- La aceptas sin más, en ese caso recibirás los bienes que te correspondan y también las deudas, aunque para cubrirlas debas responder con tu propio patrimonio.
- La aceptas a beneficio de inventario y en ese caso solo podrás responder de las deudas contraídas por el fallecido hasta donde alcance el valor de los bienes que heredas. Es decir, que dichas deudas se cubrirán con los bienes del difunto y tú recibirás la diferencia. Esta es la opción más segura.
- Renuncias a la herencia formalmente y ante notario. Así no recibes nada.
En cualquier caso, debes hacerlo ante notario y en escritura pública. Y después de esto ya solo quedará la participación y adjudicación de la herencia, un paso que podrá realizarse por el testador (cuando no hay acuerdo), por consenso entre los herederos, a través de un contador-partidor o por partición judicial.
Y el último paso será el pago de impuestos y la inscripción de la propiedad en el Registro de la Propiedad de Torrent, ya con los datos del nuevo propietario.
Si es tu caso y necesitas consultar los pasos para recibir una propiedad heredada en Torrent ponte en contacto con nosotros. En MBI Inmobiliaria podemos ayudarte y valorar lo que más te conviene. Ven a vernos.