Si estás barajando la opción de vender tu casa en Torrent y no sabes qué impuestos pagarás, podemos ayudarte. Pero ¡ten cuidado! No es lo mismo vender tu vivienda habitual que una segunda residencia. Y las diferencias fiscales pueden suponer varios miles de euros, por eso es tan interesante conocer la diferencia.
Vamos a explicarte con detalle y ejemplos lo que pasa en la práctica y cuáles son las diferencias fiscales entre vender tu vivienda habitual o tu segunda resindencia.
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Toggle¿Sabes ya qué se considera una “vivienda habitual”?
Para Hacienda, una vivienda habitual es aquella en la que has residido de forma efectiva y continua durante al menos tres años. Y si vendes antes de este periodo, tendrás que demostrar que fue tu residencia principal por causas justificadas (como un divorcio, un traslado laboral, etc.).
Este detalle es una de las claves, ya que si se trata de tu vivienda habitual y cumples ciertos requisitos ¡podrías no pagar nada de impuestos por la ganancia obtenida!
Diferencias fiscales clave al vender en Torrent
Vamos a valorar las diferencias si vendes en Torrent, ya sea tu vivienda habitual o tu segunda residencia, gracias a esta comparativa:
CONCEPTO | VIVIENDA HABITUAL | SEGUNDA RESIDENCIA |
Impuesto sobre la Renta (IRPF) | Exención si reinviertes en otra vivienda habitual (reinversión total o parcial) | Siempre tributa por la ganancia patrimonial |
Reducción por mayores de 65 años | Exento si es vivienda habitual | No exento (salvo si se convierte la venta en renta vitalicia) |
Plusvalía municipal (Torrent) | Se paga en ambos casos, pero el cálculo puede variar según los años de tenencia | Se paga igualmente, sin exenciones por habitualidad |
Deducciones o bonificaciones | Posibles bonificaciones si reinviertes | Ninguna |
Ejemplo práctico: dos vecinos de Torrent, dos ventas muy distintas
Vamos a empezar por el primer caso, el caso de Ana.
Ana vendió su piso en la calle Padre Méndez por 120.000 €, que había comprado anteriormente por 80.000 € (de eso hacía ya 15 años). Como era su vivienda habitual y reinvirtió los 120.000 € en un nuevo piso en Parc Central, no pagó nada de IRPF.
Ahora veamos el caso de Luis.
Luis también vendió, pero en este caso se trataba de su apartamento de verano en el Vedat de Torrent y se lo compraron por 200.000 €, cuando él había pagado anteriormente por él 120.000 €. Luis no reinvirtió el capital ni tampoco vivía en el apartamento de forma habitual, por eso tuvo que tributar por su ganancia patrimonial de 80.000 € y se le aplicó una escala del 19 al 28 % por tramos.
Es decir:
- Hasta los primeros 6.000 € de beneficio se aplica un 19 % (1.140 €).
- Desde los 6.000,01 hasta los 50.000 € se aplica un 21 % (44.000 €).
- Y desde los 50.000,01 € hasta los 80.000 € se aplica un 23 % (6.900 €).
Lo que significa que Luis pagó 17.280 € en su declaración de la Renta por esa venta de su segunda residencia.
¿Cómo puedes optimizar tu fiscalidad si vendes en Torrent?
Hay varias formas de reducir esos costes asociados a la venta de viviendas en Torrent y estas son las tres opciones principales:
- Si la vivienda es habitual, asegúrate de cumplir los requisitos de residencia y reinvertir en otra vivienda habitual en un plazo máximo de 2 años (antes o después).
- Si tienes más de 65 años, puedes estar exento de tributar, siempre que sea tu residencia habitual.
- En el caso de una segunda residencia, consulta si puedes aplicar estrategias como compensar con pérdidas patrimoniales o crear una renta vitalicia (si tienes más de 65 años).
Este último punto quizás necesita un poco más de aclaración. Vamos a ver un caso práctico.
Se trata de la venta de una segunda residencia y se decide, como estrategia, compensar con pérdidas patrimoniales. Veamos cómo.
Imagina que en 2022 vendiste unas acciones con una pérdida de 10.000 € y en 2025 vendes tu segunda residencia en Torrent con una ganancia de 40.000 €. Podrías compensar esa pérdida de 10.000 € anterior y Hacienda solo te haría tributar por una ganancia neta de 30.000 €.
Esto se refleja en tu declaración de la Renta si lo declaraste correctamente en su día (tus inversiones). Y así se puede reducir notablemente el impuesto final a pagar.
También podrás compensar con pérdidas generadas en el mismo año o en los cuatro ejercicios anteriores ¡muy importante tener esto en cuenta!
¿Quieres que revisemos tu caso concreto?
Como sin duda sabes, cada situación es única y por eso hay que centrarse en el caso concreto. Así, en MBI Torrent Asesores podemos ayudarte a calcular cuánto pagarías exactamente según tu situación. Y, si lo prefieres, te damos opciones para reducir la factura fiscal.
Contacta con nosotros y recibe un análisis personalizado. Te esperamos.